Necesitas iniciar una sucesion? Somos abogados, escribanos y corredores inmobiliarios. Tramitamos la sucesion de tu casa, departamento o bienes heredados en CABA y Provincia de Buenos Aires.
Dejanos tus datos y un especialista te contacta en menos de 24hs.
Ya sea la sucesion de una casa, un departamento u otros bienes heredados, hacemos del tramite un proceso simple y transparente.
Escribinos por WhatsApp o completa el formulario. Un especialista analiza tu situacion y te orienta sin compromiso.
Si la sucesion incluye casas, departamentos u otros inmuebles, hacemos una tasacion profesional sin cargo.
Convenimos honorarios por escrito y arrancamos. Nos encargamos de la documentacion y el tramite judicial. Sin anticipo.
Un equipo completo que resuelve todo el proceso en un solo lugar.
No cobramos honorarios ni gastos por adelantado. Cobramos al vender el primer inmueble o a los 6 meses de la declaratoria.
Si la sucesion incluye inmuebles, un tasador profesional hace la valoracion sin cargo adicional.
Abogados, escribanos, contadores y corredores inmobiliarios. No necesitas contratar profesionales por separado.
Todo queda por escrito antes de empezar. Sin sorpresas, sin letra chica. Convenimos de comun acuerdo.
Mas de 26 años de experiencia combinada en sucesiones, derecho y mercado inmobiliario.
Abogada (UBA) con mas de 26 años de experiencia. Matricula en CABA y Provincia de Buenos Aires. Especialista en derecho sucesorio y patrimonial.
Contador Publico (UBA), Corredor y Martillero Inmobiliario (UM), Posgrado UDESA. Creador de Monitor Inmobiliario, plataforma de datos del mercado.
Las preguntas mas comunes que nos hacen las familias antes de iniciar el tramite.
No. Hasta que no se complete el tramite sucesorio y se inscriban los bienes a nombre de los herederos, no se puede escriturar la venta. Muchos herederos pierden oportunidades de venta por no haber iniciado la sucesion a tiempo.
Los costos dependen de la complejidad del caso y el valor de los bienes. Nosotros no cobramos honorarios ni gastos por adelantado. Los honorarios se convienen de comun acuerdo antes de empezar y se cobran al vender los bienes o a los 6 meses de la declaratoria.
Si. Cualquier heredero puede iniciar el tramite, aunque los demas no quieran o no esten de acuerdo. Una vez iniciada, el juzgado publica un edicto para que se presenten todos los herederos.
No. El testamento indica como se reparten los bienes, pero no reemplaza el tramite sucesorio. Ademas, en Argentina existen los herederos forzosos (hijos, conyuge, padres) que tienen una porcion garantizada por ley.
Certificado de defuncion, acta de matrimonio (si corresponde), partidas de nacimiento y DNI de los herederos, y escritura de los inmuebles. Si no tenes toda la documentacion, nosotros nos encargamos de obtenerla.
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